Como CONTRIBUYENTE inscripto/a en la plataforma de ARCA para la realización de asesoría mediante video conferencia, que se desarrollará en forma virtual-online, manifiesto en carácter de DECLARACIóN JURADA que conozco y acepto las pautas generales establecidas en el Procedimiento de Atención Virtual para consultas bajo esa modalidad, de acuerdo a lo establecido por la Dirección Ejecutiva de ARCA.
En prueba y de conformidad con todo ello, suscribo a título personal, la siguiente DECLARACION JURADA, que se detalla a continuación:
- Participar del entorno virtual y consultar, cumpliendo con las indicaciones dispuestas en el Procedimiento de Atención Virtual para la realización de la consulta pertinente, procurando realizar la misma en un entorno físico que permita la adecuada identificación y correcto desenvolvimiento del individuo por parte del equipo de atención al cliente online.
- Conocer y aceptar los Términos y Condiciones de los programas de video conferencia que serán el medio óptimo para la adecuada realización de la asesoría online. En especial del programa dispuesto para tales fines contemplado en el Procedimiento de Atención al público.
- Autorizar y expresar formal consentimiento para ser grabado y/o filmado, desde el inicio, durante y hasta la finalización de la consulta online, la que incluye el proceso de identificación del contribuyente y realización propiamente dicha del trámite. Todo ello bajo un estricto cumplimiento de las normas de resguardo y respeto de la integridad personal, así como en lo relativo al uso y protección de datos personales (cuyas condiciones de legalidad se ajustan a las normativas nacionales en la materia).
- Aceptar la respuesta del servicio de atención al contribuyente respecto de expeler las dudas planteadas.
- Actuar de conformidad con la normativa vigente y condiciones particulares informadas para el asesoramiento del contribuyente, contenidas en el Procedimiento de Atención Virtual, y en pleno conocimiento que ante un incumplimiento de las obligaciones durante todo el transcurso de la diligencia aludidas en el referido Procedimiento, o la generación de cualquier conducta irreverente que infrinja las normas de trato con el agente, será motivo de apercibimiento ante la primera conducta lesiva, en tanto si prosiguen tales conductas el Agente podrá dar por culminado el asesoramiento fundándose en conductas contrarias al Procedimiento preexistente.
- Ser pasible de acciones legales en caso de difundir material audiovisual con intenciones maliciosas en virtud de no haber cumplido con las expectativas de una experiencia adecuada en la consulta.
- El presente podrá ser modificado en virtud de ampliar, mejorar y profesionalizar el servicio de atención al cliente.