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Verificación de Valuación e Impuesto Inmobiliario
Este trámite deberá contener como obligatoria la Matrícula Catastral del inmueble sobre el que se solicita la verificación de la valuación fiscal y del impuesto inmobiliario. El nombre y el CUIL consignados deben corresponder al titular del inmueble cuya valuación fiscal y/o impuesto inmobiliario se solicita verificar.
Recibida la Solicitud la Agencia procederá a la verificación del inmueble de mención y de todo otro inmueble correspondiente al mismo titular.
Controlado dichos inmuebles y detectada la existencia de mejoras no declaradas y/o discordancias con los datos obrantes en el organismo, se procederá a intimar al titular para que realice la declaración de mejora, la cual tendrá carácter de declaración jurada.
Cualquier falsedad en los datos proporcionados producirá el revaluó automático de la propiedad imponiéndose a la misma el valor máximo establecido por la norma vigente.
Cumplido los pasos anteriores, en caso de corresponder, se actualizarán los valores de valuación fiscal e impuesto inmobiliario.